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Cantaura, Anzoátegui.
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Impuesto a la propiedad vehicular

Impuesto a la propiedad vehicular

El impuesto municipal a los vehículos es un impuesto local que grava la propiedad de vehículos de tracción mecánica, independientemente de su clase o categoría (motos, carros, camionetas, camiones, gandolas, etc.).

Se aplica a personas naturales o jurídicas que residen en los municipios donde se encuentran los vehículos, en nuestro caso a los residentes del Municipio General Pedro María Freites.

Este impuesto se encuentra regulado por la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los Estados y Municipios (LOCAPTEM), así como la Ordenanza Municipal de Impuesto a la Propiedad Vehicular este último es un instrumento normativo aprobado por el concejo municipal de Freites.

Hecho imponible

El hecho imponible de este tributo está determinado por la tenencia o propiedad que, sobre uno o varios vehículos, de tracción mecánica, posea un particular dentro de la jurisdicción del municipio Freites.

Base Imponible

La base imponible del impuesto sobre propiedad vehicularr se determina a partir de las características particulares de cada vehículo, existiendo una clasificación o tabla para cada uno de ellos en la ordenanza municipal que rige esta materia.

Alícuota

La alícuota que se aplica para la determinación del impuesto municipal se estableció en atención a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los Estados y Municipios (LOCAPTEM), así lo previsto en la Resolución N° 011 2023, del 29 de diciembre de 2023, emanada del Ministerio del Poder Popular de Economía, Finanzas y Comercio Exterior.

Preguntas Frecuentes

Toda personal natural o jurídica que posea o tenga la propiedad de uno o más
vehículos dentro de la jurisdicción del municipio Freites, el pago se realiza por cada
vehículo que posea.

Este se liquida (determina-calcula) de forma anual, el pago de este impuesto se
realiza en una sola oportunidad durante los tres primeros meses del año (enero,
febrero y marzo), en los que se aplica un descuento del 10% del monto total a
pagar.

Si, el impuesto a la propiedad vehicular se le conocía anteriormente como
trimestre.

Para la determinación del monto a pagar de este impuesto se establecen las
características particulares de cada vehículo, según lo contemplado en una tabla de
clasificación contenida en la ordenanza de impuesto vehicular del Municipio Freites.

Nuestro sistema de autoliquidación tributaria realiza el cálculo del impuesto a pagar
en base a los parámetros de cada vehículo que introducen, en función del carnet de
circulación, los analistas tributarios del SABATRIF.

El impuesto a la propiedad vehicular se realiza por ante el Servicio Autónomo
Bolivariano de Administración Tributaria del Municipio Pedro María Freites
(SABATRIF).

Recaudos para el pago de este impuesto

- Carnet de circulación
- Cédula de identidad del propietario

Otros entes municipales asociados a este impuesto

- Dirección de Transporte Municipal
- Policía Municipal

Úbicanos

  • Calle Ricaurte con Calle Guevara Rojas, Edificio Antiguo Sport Book, Piso 01. Cantaura, Municipio General Pedro María Freites, Estado Anzoátegui.
  • 0412-1518457
  • Atención al público:
    Mañana: 8:00 a.m a 12:00 m Descanso: 12:00 m a 1:00 p.m Tarde: 1:00 p.m a 4:00 p.m

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